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RENOVACIÓN ANUAL – PUEDE INICIARLO VÍA MAIL

Instrucciones, importes y fechas de vencimiento

Renovación Anual año 2023

Las empresas que cumplieron con la Resolución IERIC N° 25/2015, solo deberán presentar credencial de Empleador para abonar Arancel.

Para las empresas que aún no cumplieron con la Resolución IERIC N° 25/2015 ver Renovación anual empresas que no cumplieron con la Resolución Nº 25/2015

Resolución N°44/2022

Valores estipulados en dicho período (del 1° de Diciembre del año anterior hasta la fecha de vencimiento de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones IERIC N° 15/2008, IERIC N° 19/2012, IERIC N° 21/2014, IERIC N° 24/2014, IERIC N° 26/2015, IERIC N° 28/2016, IERIC N°31/2018, y IERIC N°32/2019)


Empresas tipo A……………………………$ 27.700.-
Empresas Individuales

Empresas tipo B……………………………$ 55.400.-
Empresas con y sin Personería Jurídica

Cronograma de vencimiento año 2023:

28/02/2023 (último día hábil de febrero) Empresas tipo “B” Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Conurbano bonaerense.


31/03/2023 (último día hábil de marzo) Empresas tipo “B” Interior del país y las tipo “A” de CABA y Conurbano bonaerense.


28/04/2023 (último día hábil de abril) Empresas tipo “A” del Interior del país. 


De efectuarse la renovación con posterioridad a la fecha que corresponda de acuerdo a lo establecido, los importes a abonar sufrirán un recargo por multa del 10% del arancel vigente para cada categoría de inscripción empresaria.

Documentos relacionados
Resolución N° 25/2015
Resolución N° 26/2015
Resolución Nº 28/2016

Resolución  N° 29/2017

Resolución N°32/2019

Resolución N°40/2020

Resolución N°42/2021

Resolución N° 44/2022

Preguntas Frecuentes

Para todo trámite en el IERIC, la empresa deberá presentar original o copia autenticada de la Credencial del año en curso.