RENOVACIÓN ANUAL – PUEDE INICIARLO VÍA MAIL
Instrucciones, importes y fechas de vencimiento
Renovación Anual año 2023
Las empresas que cumplieron con la Resolución IERIC N° 25/2015, solo deberán presentar credencial de Empleador para abonar Arancel.
Para las empresas que aún no cumplieron con la Resolución IERIC N° 25/2015 ver Renovación anual empresas que no cumplieron con la Resolución Nº 25/2015
Valores estipulados en dicho período (del 1° de Diciembre del año anterior hasta la fecha de vencimiento de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones IERIC N° 15/2008, IERIC N° 19/2012, IERIC N° 21/2014, IERIC N° 24/2014, IERIC N° 26/2015, IERIC N° 28/2016, IERIC N°31/2018, y IERIC N°32/2019)
Empresas tipo A……………………………$ 27.700.-
Empresas Individuales
Empresas tipo B……………………………$ 55.400.-
Empresas con y sin Personería Jurídica
Cronograma de vencimiento año 2023:
28/02/2023 (último día hábil de febrero) Empresas tipo “B” Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Conurbano bonaerense.
31/03/2023 (último día hábil de marzo) Empresas tipo “B” Interior del país y las tipo “A” de CABA y Conurbano bonaerense.
28/04/2023 (último día hábil de abril) Empresas tipo “A” del Interior del país.
De efectuarse la renovación con posterioridad a la fecha que corresponda de acuerdo a lo establecido, los importes a abonar sufrirán un recargo por multa del 10% del arancel vigente para cada categoría de inscripción empresaria.
Documentos relacionados
Resolución N° 25/2015
Resolución N° 26/2015
Resolución Nº 28/2016
Para todo trámite en el IERIC, la empresa deberá presentar original o copia autenticada de la Credencial del año en curso.