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RENOVACIÓN ANUAL

Instrucciones, importes y fechas de vencimiento

A partir del 1° de diciembre de 2024 puede renovar el Arancel 2025.

 

Empresas tipo A……………………………$ 202.000.-
Empresas Unipersonales – Persona Humana

Empresas tipo B……………………………$ 404.000.-
Empresas con y sin Personería Jurídica

 

Para las empresas que aún no cumplieron con la Resolución IERIC N° 25/2015 ver Renovación anual empresas que no cumplieron con la Resolución Nº 25/2015

 

Empresas tipo “A” y  “B” de todo el país Vence último día hábil de Febrero de cada año.


De efectuarse la renovación con posterioridad a la fecha que corresponda de acuerdo a lo establecido, los importes a abonar sufrirán un recargo por multa del 10% del arancel vigente para cada categoría de inscripción empresaria.

Documentos relacionados
Resolución N° 25/2015

Resolución N°38/2020

Resolución N° 46/2023

Preguntas Frecuentes

Para todo trámite en el IERIC, la empresa deberá presentar original o copia autenticada del certificado del empleador del año en curso.