RENOVACIÓN ANUAL
Instrucciones, importes y fechas de vencimiento
A partir del 1° de diciembre de 2024 puede renovar el Arancel 2025.
Empresas tipo A……………………………$ 202.000.-
Empresas Unipersonales – Persona Humana
Empresas tipo B……………………………$ 404.000.-
Empresas con y sin Personería Jurídica
Para las empresas que aún no cumplieron con la Resolución IERIC N° 25/2015 ver Renovación anual empresas que no cumplieron con la Resolución Nº 25/2015
Empresas tipo “A” y “B” de todo el país Vence último día hábil de Febrero de cada año.
De efectuarse la renovación con posterioridad a la fecha que corresponda de acuerdo a lo establecido, los importes a abonar sufrirán un recargo por multa del 10% del arancel vigente para cada categoría de inscripción empresaria.
Documentos relacionados
Resolución N° 25/2015
Para todo trámite en el IERIC, la empresa deberá presentar original o copia autenticada del certificado del empleador del año en curso.