LEVANTAMIENTO DE BAJA
Empleador que reinicia su actividad y solicitó la baja en tiempo y forma.
Instrucciones
Consulte previamente en la Representación más cercana a su domicilio antes de concurrir a nuestras oficinas
- Nota por duplicado solicitando el levantamiento de baja, firmada por el/los representante/s de la empresa.
- Constancia de inscripción en AFIP.
- En caso de tratarse de una sociedad, fotocopia autenticada del Contrato/Estatuto actualizado. Adjuntar nota en carácter de DDJJ firmada por el Representante Legal informando que no existe otra documentación relacionada a la empresa que no haya sido acompañada DDJJ – Contrato/Estatuto/Actas
- Si es una SA, fotocopia autenticada de la última acta de designación de cargos vigente.
- DNI/DNI Digital: presentar fotocopia del Representante Legal/Titular, Socios y Apoderados.
Domicilio:
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- Empresas tipo “A” empresas individuales según Resolución 27/2016 (Unipersonales) deberán acreditar su domicilio presentando la “constancia” de AFIP
- Empresas tipo “B” (sin personería jurídica) Fideicomiso, Soc. Simples, Asociaciones. Deberán acreditar domicilio presentando constancia de AFIP.
- Empresas tipo “B” (con personería jurídica) deberán acreditar mediante la “constancia” que emite IGJ/DPPJ/RP o autoridad competente el último domicilio de su sede social inscripta. Para las Uniones Transitorias (UT) deberán acreditar su “domicilio” presentando: “constancia” que emite la IGJ/ DPPJ/ RP o autoridad competente más una “constancia” emitida por la IGJ/ DPPJ/ RP o autoridad competente por cada empresa que integre la UT.
Año 2024:
Empresas tipo A: $ 188.000.-
Empresas tipo B: $ 376.000.-
Para todo trámite en el IERIC, la empresa deberá presentar original o copia autenticada de la Credencial del año en curso.