¿Cuándo el trabajador puede solicitar la emisión de su credencial?
Solicitud de emisión de Credencial de Registro Laboral por el trabajador
¿Cuándo el trabajador puede solicitar la emisión de su credencial?
El trabajador inscripto en el IERIC que no tuviere relación laboral vigente con ningún empleador podrá solicitar la emisión de su credencial cuando:
- * No hubiere recibido alguna anteriormente o porque ha extraviado la que tenía.
- * Tiene tarjeta deteriorada entendiendo como tal aquella que se encuentra externamente destruida aunque es leída por el lector y no presenta inconvenientes para la declaración de la relación laboral.
- * Tiene tarjeta dañada entendiendo como tal aquella que, al insertarla en el lector, impide la declaración de la relación laboral arrojando un Código de Error.
Se entenderá como trabajador inscripto a aquel que tiene libreta de FCL o ha tenido libreta en el pasado.
Se recuerda que si el IERIC constatara que el trabajador solicitante tiene una relación laboral vigente no aceptará el trámite, devolverá la documentación presentada e informará que corresponde al empleador gestionar la credencial.
¿Qué documentación debe presentar el trabajador ante el IERIC para la emisión de su credencial?
La documentación que debe presentar el trabajador es la siguiente:
* Formulario FI002: por duplicado.
* DNI tarjeta o DNI digital: original.
- En caso de extravío / DNI vencido: adjuntar constancia de DNI en trámite o turno otorgado y fotocopia de partida de nacimiento o acta de matrimonio.
- En caso de extranjero sin DNI: deberá adjuntarse fotocopia de residencia precaria o radicación migratoria en término o con sello de renovación de prórroga y fotocopia de cédula de identidad del país de origen.
* Constancia de CUIL del trabajador otorgada por ANSES: sólo para el caso en que el DNI no tenga incorporado el n° de CUIL.
En el caso de trabajador extranjero no se admitirá la constancia de CUIL que haya sido tramitada con documentación del país de origen.
* Credencial dañada o deteriorada: únicamente cuando el trabajador requiera el cambio.
Se entiende como credencial dañada aquella que, al insertarla en el lector, no es leída por el mismo y no permite la declaración de la relación laboral arrojando un Código de Error.
Se entiende como credencial deteriorada aquella que se encuentra deteriorada externamente aunque es leída por el lector y no presenta inconvenientes para la declaración de la relación laboral.
Asimismo se informa que con posterioridad a la presentación realizada, si el trámite lo requiere, IERIC podrá solicitar al trabajador documentación adicional a las mencionadas tendientes a verificar que el mismo no tuviere una relación laboral activa.