Resolución Nº 32/2019 – Nuevos importes de aranceles
Nuevos importes correspondientes a Aranceles de Inscripción; de Renovación Anual; de Levantamiento de Baja Empresaria voluntaria y Emisión de Credencial de Registro Laboral, entre otros.
Resolución Nº 32/2019
ARTICULO 1º Establecer el importe en concepto de Arancel por Inscripción en las siguientes sumas: a) para empresas Tipo “A” Pesos OCHO MIL SETECIENTOS ($ 8.700.-), b) para empresas Tipo “B” Pesos DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 17.400.-).
ARTICULO 2º Fijar el importe en concepto de Arancel por Renovación Anual en las siguientes sumas: a) para empresas comprendidas en el inc. a) del artículo anterior Pesos CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 5.800.-), b) para empresas comprendidas en el inc. b) del artículo 1º de la presente Resolución Pesos ONCE MIL SEISCIENTOS ($ 11.600.-).
ARTICULO 3º Se establece para Levantamiento de Baja Empresaria Voluntaria las siguientes sumas en concepto de arancel: Pesos CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 5.800.-) para las empresas comprendidas en el inc. a) del art. 1º, y Pesos ONCE MIL SEISCIENTOS ($ 11.600.-) para las empresas comprendidas en el inc. b) del art. 1º, ambos de la presente Resolución.
ARTICULO 4º Establecer para el expendio de Lectoras de Credenciales de Registro Laboral la suma de Pesos UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800.-).
ARTICULO 5º Se establece en Pesos CIENTO QUINCE ($ 115.-) el costo de la Emisión de Credencial de Registro Laboral.
ARTICULO 6º Los importes de los aranceles por reinscripciones de las empresas dadas de baja por el art. 9º de la Disposición R.N.I.C Nº 56/1994 que se efectúen a partir de la entrada en vigencia de la presente deberán ser cancelados conforme los montos fijados en el art. 2 de esta Resolución.
ARTICULO 7º Las sumas fijadas por la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del 1° de diciembre del 2019.
ARTICULO 8º Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a las Entidades Representativas del Sector y archívese.